
Los contratos públicos se caracterizan por el alcance de las restricciones impuestas a todos los actores involucrados en la contratación pública.
Estas sujeciones inspiradas en los principios de interés general y de servicio público tienen por objeto garantizar la eficacia de la contratación pública y el buen uso de los fondos o dineros públicos.Este enfoque se basa en el principio de cohesión entre tres principios:
- Libertad de acceso a la contratación pública.
- Igualdad de trato de los candidatos.
- Transparencia de los procedimientos.
Por estas razones, las autoridades públicas han instituido normas específicas que rigen las compras públicas, promulgadas por Decreto Presidencial N° 15/247 del 16 de septiembre de 2015 (Diario Oficial N° 50 del 20 de septiembre de 2015) que regula las disposiciones del nuevo código de compras. autoridades públicas y delegaciones de servicio público.
Estas reglas, tan estrictas como complejas, a veces son mal entendidas por las personas involucradas en las distintas etapas de la ejecución de un contrato.
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